Se viene otro fin de semana XL: cómo se pagarán los feriados

Marzo tiene un nuevo fin de semana largo, luego de que el Gobierno dispusiera un día no laborable con fines turísticos.


El segundo fin de semana extralargo de 2026 estará atravesado por una combinación particular: un día no laborable con fines turísticos y un feriado nacional inamovible. Frente a este esquema, surge la duda habitual entre trabajadores y empleadores sobre cómo debe abonarse cada jornada y si existe obligación de prestar tareas.

En marzo de 2026 el calendario configurará un descanso extendido de cuatro días, pero con diferencias claras en materia salarial según el estatus de cada fecha. 

La legislación vigente en la Argentina establece que quienes sean convocados a trabajar durante un feriado nacional deben recibir una remuneración diferencial.

Cómo se deben pagar los próximos feriados de marzo, según la ley

En concreto, la Ley de Contrato de Trabajo, en línea con la Ley 27.399, dispone que la paga correspondiente a un feriado debe liquidarse al doble de una jornada habitual. El objetivo es resguardar el derecho al descanso obligatorio previsto en la normativa laboral.

En contraste, cuando se trata de un día no laborable, el criterio es distinto: si el empleador decide que se trabaje, el salario que se abona es el mismo que el de un día común, sin recargo adicional.

Según el cronograma oficial de feriados que difunde la Jefatura de Gabinete, marzo incluirá dos fechas que, combinadas, darán lugar a un fin de semana largo de cuatro jornadas consecutivas para buena parte de la población.

La Ley 27.399 -conocida como Ley de establecimiento de feriados y fines de semana- enumera los asuetos nacionales y determina que el 24 de Marzo se conmemora el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, con carácter de feriado inamovible.

Como en 2026 esa fecha cae martes, el Poder Ejecutivo dispuso que el lunes 23 de marzo sea considerado día no laborable con fines turísticos. La misma normativa faculta al Gobierno a fijar hasta tres fines de semana extendidos por año, en función de cómo se distribuyan los feriados en el calendario.

De esta manera, quienes no deban trabajar el lunes 23 podrán sumar ese día al sábado 21 y domingo 22, conformando un descanso de cuatro días consecutivos.

El marco legal también resulta preciso en cuanto a las condiciones laborales. La Ley 20.744 -Ley de Contrato de Trabajo- establece en su artículo 181 que en los feriados nacionales rigen las reglas del descanso dominical. A su vez, el artículo 182 indica que los días no laborables son optativos para el empleador.

En consecuencia, quien preste tareas el feriado nacional del 24 de marzo deberá cobrar el doble de una jornada habitual. En cambio, si el empleado trabaja el lunes 23 -día no laborable- percibirá su salario simple, ya que en esos casos no corresponde recargo extraordinario.

Cuáles son los fines de semana largos por fines turísticos

Los feriados en la Argentina se rigen por la Ley N° 27.399 que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes (para generar fines de semana largos que promuevan los viajes cortos internos y actividades de ocio).

Con estas jornadas, el Gobierno tiene la posibilidad de intervenir para "disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo". Así, los negocios turísticos pueden mantener sus ingresos y el empleo que generan a lo largo del año y no depender solo de la temporada alta. 

En este sentido, los días no laborables por fines turísticos seleccionados para 2026 se combinan con feriados nacionales existentes y conforman tres fines de semana largos de cuatro días. 

  •     Del sábado 21 al martes 24 de marzo (feriado nacional por el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
  •     Del jueves 9 de julio (feriado nacional por el Día de la Independencia) al domingo 12 del mes
  •     Del sábado 5 de diciembre al martes 8 (feriado por el Día de la Inmaculada Concepción de María)

Claro que estos serán fines de semana largos XL solo para los trabajadores argentinos que no presten servicios regularmente los fines de semana y cuyos empleadores les otorguen el día no laborable por fines turísticos como día libre.  /iProfesional