Dos años de prisión condicional para el policía que le voló el ojo de un tiro a un joven durante un operativo
El uniformado autor del disparo recibió una condena de prisión condicional, mientras que su compañero fue absuelto.
La Justicia tucumana dictó una condena de dos años de prisión de ejecución condicional contra el efectivo policial Julián Alberto Campos al considerarlo responsable de haber herido con un disparo a un joven de 19 años durante un procedimiento policial, mientras que su coimputado, Juan Antonio Díaz, fue absuelto al no alcanzarse el grado de certeza necesario sobre su participación. La defensa anunció que apelará el fallo al sostener que Campos no fue quien efectuó el disparo que dejó a la víctima con lesiones permanentes.
El hecho se remonta a la tarde del 13 de noviembre de 2020, alrededor de las 18.30, cuando cuatro integrantes del Grupo Especial de Apoyo Motorizado (GEAM) realizaban recorridos preventivos en inmediaciones del pasaje Einstein al 1.900. En ese contexto observaron a dos hombres que circulaban en una motocicleta, quienes arrojaron un objeto en la vía pública y escaparon al advertir la presencia policial. El grupo se dividió: dos uniformados constataron que el elemento descartado era un arma de fuego, mientras que los restantes iniciaron la persecución de los sospechosos.
La situación se tornó tensa cuando vecinos del lugar interfirieron para impedir la detención de los motociclistas. Ante el disturbio, los efectivos solicitaron refuerzos, entre los que se encontraban Campos y Díaz. Durante el operativo, ambos aprehendieron a Juan Carlos Durán por su presunta intervención en el altercado y por desobedecer las órdenes policiales. Luego lo subieron a la caja de un patrullero con el fin de trasladarlo a una dependencia.
Fue en ese momento cuando se produjo el disparo que impactó en el rostro de Rodrigo Esteban Rodríguez Argañaraz, sobrino de Durán, quien se encontraba en la vereda. La herida le ocasionó la pérdida del ojo derecho, configurando una lesión de extrema gravedad.
La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía de Delitos Complejos dirigida por Mariana Rivadeneira. Según la hipótesis fiscal, uno de los policías imputados habría subido a la caja del vehículo portando una escopeta Maverick serie 70594 y efectuado varios disparos, uno de los cuales fue dirigido a corta distancia hacia el joven lesionado.
El debate oral comenzó el 18 de febrero. Durante los alegatos, el Ministerio Público Fiscal, representado por el auxiliar Federico Lizárraga, solicitó para ambos acusados una pena de ocho años de prisión al considerarlos coautores del delito de lesiones gravísimas agravadas por su condición de miembros de la fuerza de seguridad.
El funcionario sostuvo que no se trataba de un juicio contra la institución policial, sino contra la conducta específica de dos funcionarios que, en ejercicio del poder de policía y utilizando un arma provista por el Estado, causaron una lesión irreversible a un ciudadano.
Por su parte, la querella encabezada por el abogado Patricio Char reclamó una condena de 10 años de prisión efectiva para Campos, aunque se apartó de la acusación respecto de Díaz, al entender que su rol se limitó a conducir la camioneta y que no tuvo injerencia en la decisión de disparar contra la víctima.
La defensa de ambos imputados, a cargo de Carlos Garmendia, pidió la absolución total. Argumentó que los disparos no fueron realizados por ninguno de los acusados y que la secuencia de los hechos, desarrollada en un lapso aproximado de cinco minutos, no les habría permitido descender del vehículo, reducir al detenido, buscar el arma, efectuar el disparo y retirarse.
El juicio fue presidido por el juez Augusto Paz Almonacid, quien tras valorar las pruebas resolvió absolver a Díaz por el beneficio de la duda y condenar a Campos a dos años de prisión condicional por el delito de lesiones graves cometido en exceso de la legítima defensa.
Tras la sentencia, la querella se manifestó conforme con el fallo al considerar que envía un mensaje institucional frente a episodios de violencia policial, subrayando que el objetivo no es perjudicar a la fuerza sino preservar su prestigio ante conductas abusivas individuales.
La defensa, en cambio, confirmó que impugnará la decisión judicial. Sostuvo que la valoración probatoria del tribunal reconoce en gran medida los planteos defensivos y que será necesario determinar qué elementos llevaron al magistrado a atribuirle a Campos la autoría de los disparos.
Además, cuestionó el desempeño del Ministerio Público Fiscal, al señalar que el proceso demoró seis años en llegar a juicio, que la causa fue archivada en un momento y luego reabierta por presión de la víctima, y defendió la trayectoria del policía condenado, al que calificó como un “excelente” efectivo.