La Cámara Federal de Tucumán revisa el procesamiento que pesa sobre Luis Ontiveros acusado de tráfico de influencias en ese fuero

Tucumán y Mundo 06/08/2026 Por
La Cámara Federal de Tucumán revisa el procesamiento que pesa sobre Luis Ontiveros acusado de tráfico de influencias en ese fuero

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán deberá resolver si confirma, modifica o revoca el procesamiento sin prisión preventiva de Luis Alejandro Ontiveros, acusado de haber solicitado entre U$S 80.000 y U$S 100.000 para influir en decisiones judiciales vinculadas con una causa por presuntas estafas piramidales y lavado de activos.


El planteo quedó en manos de los jueces subrogantes Abelardo Basbús, Ana Carina Farías y Enrique Lilljedahl, quienes analizarán la apelación presentada por los defensores Miguel Ángel Pierri y Martín Montalto. Los abogados solicitaron anular la resolución dictada el 2 de junio y sobreseer al imputado.


En primera instancia, el juez federal José Manuel Díaz Vélez atribuyó a Ontiveros la presunta autoría de dos hechos de tráfico de influencias agravado y del delito de violación de medios de prueba, todos en concurso real. También ordenó un embargo por $ 100 millones e impuso medidas restrictivas.


La investigación comenzó a partir de una denuncia formulada por Mario Alberto Martínez Salazar Pérez, funcionario de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), anteriormente denominada AFIP.


El denunciante aseguró que Ontiveros lo contactó para exigirle sumas de entre U$S 80.000 y U$S 100.000 a cambio de favorecer la situación procesal de su hijo, Jerónimo Martínez Parada.


Martínez Parada era investigado en Catamarca dentro de un expediente por posibles estafas piramidales y lavado de activos. Según la denuncia, los ofrecimientos y encuentros se habrían desarrollado entre marzo de 2023 y abril de 2025.


La acusación sostiene que Ontiveros prometía intervenir sobre las futuras decisiones de la Cámara Federal de Tucumán relacionadas con el auto de mérito y la eventual aplicación de prisión preventiva al hijo del denunciante. Como contraprestación habría solicitado pagos en moneda extranjera.


Para el Ministerio Público Fiscal y la querella, el acusado habría intentado dar credibilidad a sus ofrecimientos mediante su estrecha relación personal con el camarista Mario Rodolfo Leal.


La hipótesis también considera la posición que ocupan familiares de Ontiveros dentro de la vocalía de Leal. Solana Casella, esposa del imputado, se desempeña como relatora exclusiva del magistrado, mientras que sus hermanos Gustavo y Mario Ontiveros son secretarios privados del camarista.


El fiscal federal Agustín Chit sostuvo que Ontiveros habría comercializado un supuesto acceso privilegiado a decisiones judiciales reservadas, apoyándose en las funciones ejercidas por integrantes de su entorno dentro de la Cámara.


La defensa cuestionó esa interpretación y afirmó que la Fiscalía presentó como prueba de los delitos una serie de datos meramente contextuales.


Pierri y Montalto señalaron que el juez consideró que los argumentos defensivos “no resultan atendibles ni creíbles”, pero, según plantearon, no explicó de manera suficiente por qué las pruebas de descargo eran incapaces de generar una duda razonable.


Los abogados rechazaron que las reuniones, los impactos registrados por antenas telefónicas o los movimientos de vehículos permitan demostrar por sí solos un acuerdo ilegal.


“Ninguna de esas circunstancias prueba que mi asistido haya solicitado dinero, recibido dinero o aceptado promesa alguna para hacer valer indebidamente influencias sobre un funcionario público”, sostuvieron.


En la misma línea, remarcaron que demostrar que dos personas estuvieron reunidas no permite establecer necesariamente el contenido de la conversación que mantuvieron.


Respecto del primer hecho, fechado el 10 de marzo de 2023, la defensa alegó que en ese momento el expediente de Martínez Parada todavía no tramitaba ante la Cámara Federal de Tucumán.


“Al mediodía no había fallo que apelar; la causa no había llegado a la Cámara Federal de Tucumán”, argumentaron los letrados. También impugnaron la interpretación de los informes sobre antenas elaborados por la Policía Federal para ubicar a las partes en los presuntos encuentros.


La defensa formuló otro cuestionamiento sobre el episodio atribuido a Ontiveros en abril de 2025, cerca de un bar.


Según el recurso, el denunciante afirmó inicialmente que había subido a un Toyota Corolla Cross con dominio AF397CU, perteneciente a una persona ajena al expediente. Durante la investigación, ese vehículo habría sido sustituido por otro identificado con la patente AF611UM.


“Si no existe un auto en cuyo interior se realizaron las conductas delictivas, entonces sencillamente tampoco existieron esas conductas”, afirmaron Pierri y Montalto al cuestionar la reconstrucción acusatoria.


En relación con el encuentro del 21 de abril de 2025, los abogados sostuvieron que las conversaciones entre las partes pueden interpretarse como una negociación de honorarios profesionales y que no existen registros con referencias explícitas a una maniobra ilícita.


La presentación defensiva indicó que en el teléfono de Ontiveros no se encontraron menciones al expediente, a su trámite, a sumas en dólares, a Casella ni a Leal.


El procesamiento también incluye una acusación por violación de medios de prueba. Se atribuyó al imputado haber desinstalado WhatsApp y Telegram durante una requisa realizada el 4 de junio de 2025.


La apelación afirmó que Ontiveros se encontraba materialmente imposibilitado de ejecutar esa maniobra y pidió que también se revoque ese tramo de la resolución.


Los defensores impugnaron además el embargo de $100 millones. Consideraron que el monto fue establecido sin una fundamentación autónoma, concreta y proporcional, y señalaron que no se acreditó una entrega de dinero ni un perjuicio patrimonial.


También objetaron la prohibición de acercamiento a testigos por entender que fue redactada con excesiva amplitud e indeterminación.


El recurso incluyó la reserva del caso federal y un pedido para ampliar oralmente sus fundamentos durante la audiencia ante la Cámara.


La integración habitual del tribunal fue apartada debido a que Leal aparece mencionado en el expediente. Fernando Poviña, Ricardo Sanjuán, Patricia Moltini y Marina Cossio se excusaron, por lo que la decisión quedó a cargo de Basbús, Farías y Lilljedahl.


Los jueces subrogantes deberán determinar ahora si las pruebas reunidas alcanzan para sostener el procesamiento, si corresponde modificar las imputaciones o medidas cautelares, o si debe revocarse la resolución y dictarse el sobreseimiento solicitado por la defensa.


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